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Reflexión: ¿Es el Aborto una Violación Flagrante del Juramento Hipocrático demas de inconstitucional?

             
Inclui este video porque creo que un video dice mas que mil palabras.

En SINTONIZANDO SABERES DE MENTES CONVERGENTES, para nosotros es fundamental abordar el tema del aborto con total imparcialidad y objetividad, dejando de lado cualquier consideración personal. Nuestro compromiso radica en sustentar cada reflexión en la lógica, las leyes y la Constitución, prescindiendo completamente de convicciones íntimas, sentimentalismos o empatías. Desde una perspectiva filosófica y ontológica, exploraremos la compleja cuestión del aborto, la cual ha generado intensos debates éticos, morales y científicos. Analizaremos si el aborto puede considerarse una violación flagrante del Juramento Hipocrático, basándonos en la ética, la moral y los principios cristianos fundamentales para la cultura dominicana.

Introduccion.

La cuestión del aborto es un tema complejo que ha generado intensos debates éticos, morales y científicos. En esta reflexión, abordaremos la pregunta de si el aborto constituye una violación flagrante del Juramento Hipocrático, desde una perspectiva lógica y fundamentada en la ética, la moral, la ciencia y los principios cristianos que sustentan la cultura dominicana.

El Juramento Hipocrático.

El Juramento Hipocrático, una promesa histórica hecha por los médicos, incluye varios principios éticos fundamentales, como el compromiso de no causar daño al paciente (primum non nocere) y el respeto por la vida humana. Tradicionalmente, se ha interpretado que los médicos deben evitar cualquier acción que cause la muerte de un ser humano.

La Ciencia y la Ética Médica.

Desde una perspectiva científica, la vida humana se considera que comienza en la concepción, cuando se forma un nuevo organismo con un código genético único. La ciencia moderna nos ofrece pruebas contundentes de que desde el momento de la concepción, existe un ser humano en desarrollo, con un potencial inherente para convertirse en un individuo plenamente desarrollado.

La ética médica, basada en el principio de no causar daño, sugiere que cualquier intervención que termine con la vida de un ser humano en desarrollo podría interpretarse como una violación de este principio fundamental. Los avances en la medicina y la biología han reforzado esta visión, proporcionando evidencia de la continuidad del desarrollo humano desde la concepción hasta el nacimiento y más allá.

La Moral y los Fundamentos Cristianos.

La República Dominicana es una nación con fuertes raíces cristianas, donde la vida humana se valora como un don sagrado de Dios. La moral cristiana sostiene que la vida debe ser protegida en todas sus etapas, y cualquier acto que intente interrumpir este proceso natural de la vida es considerado inmoral y contrario a los mandatos divinos.

En este contexto, el aborto es visto no solo como un acto que termina con una vida humana en desarrollo, sino también como una violación de los principios morales y éticos que guían la práctica médica y la vida en comunidad.

La Aplicación del Juramento Hipocrático.

Al analizar el aborto en el contexto del Juramento Hipocrático, debemos considerar si este acto respeta los principios de no causar daño y de proteger la vida humana. Si aceptamos que la vida comienza en la concepción y que el feto es un ser humano en desarrollo, entonces el aborto podría ser interpretado como un acto que causa daño y termina con una vida humana, planteando serias dudas éticas y morales.

Es importante reconocer que debido a la complejidad del tema y a la falta de certeza absoluta en algunos aspectos, debemos proceder con cautela y buscar siempre la confirmación de nuestras acciones para evitar arrepentimientos futuros.

Conclusión.

Basándonos en la lógica, la ciencia sustentada en pruebas, la ética médica y los fundamentos morales y cristianos de nuestra sociedad, el aborto plantea serias cuestiones éticas y morales. Afirmamos responsablemente que la introducción de las tres causales para permitir el aborto en la legislación dominicana plantea serias interrogantes sobre su constitucionalidad ya que la Constitución de la República Dominicana, en su artículo 37, establece claramente que se reconoce y protege el derecho a la vida desde LA CONCEPCION hasta la MUERTE NATURAL. Este principio constitucional refleja un compromiso inequívoco con la protección absoluta de la vida humana en todas sus etapas. 

Permitir la interrupción del embarazo bajo cualquier circunstancia, incluso en casos de riesgo para la vida de la madre, violencia sexual o malformaciones fetales incompatibles con la vida, podría ser interpretado como contrario a este derecho fundamental consagrado en nuestra Carta Magna. Es fundamental recordar que ninguna ley ni circunstancia puede estar por encima de la Constitución, la cual es la ley suprema que garantiza los derechos y libertades de todos los ciudadanos.

La Constitución es la ley suprema y debe ser respetada por encima de cualquier otra consideración legal o circunstancial.

Mi posicion personal es la siguiente:

"Creer que uno puede hacer lo que quiera con su cuerpo mientras le quita la vida a otro ser humano es un abuso evidente de ese derecho." - Job Vasquez

 

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